jueves, 19 de noviembre de 2009

MEC sancionará a educadores que no cumplan con el Calendario Escolar

Docentes y autoridades de las instituciones educativas que no desarrollen clases hasta el 30 de noviembre conforme lo establece el Calendario Escolar, serán sancionados. Esto lo confirmó en la mañana de hoy el Ministro de Educación, Dr. phil. Luis Alberto Riart Montaner.
El Ministro Riart se mostró sumamente disconforme con las medidas adoptadas por ciertas instituciones educativas, al mostrarse reacias a cumplir con lo dictado en el calendario escolar; igualmente expresó que se tomarán medidas para sancionar en caso de “violar la ley” y no desarrollar las clases.
La disposición de administrar los exámenes finales sin suspensión de clase obedece al conjunto de medidas pedagógicas asumidas por el Ministerio de Educación y Cultura con motivo de la extensión del receso de invierno a raíz de las medidas preventivas para paliar los efectos de la Influenza A H1N1 en el mes de julio e incluso las huelgas.
“Para que mejore la calidad en la educación paraguaya necesitamos que se den clase, que los alumnos asistan y que los maestros enseñen. De los 180 días de clase, en las zonas urbanas hemos tenido 154 clases”, afirmó el Ministro de Educación, y agregó que “en una ardua tarea por mejorar estas estadísticas, un grupo de interventores se abocó a recorrer instituciones educativas de modo a controlar que se cumplan las disposiciones, y de este modo corroboraron que en la mayoría de estas, si bien los alumnos seguían en en interior de las instituciones, se encontraban recorriendo las aulas, el patio, etc.”.
Por su parte, el Director General de Asesoría Jurídica, Abog. Christian González, explicó que las sanciones podrían ir “desde multas por días perdidos, suspensión por treinta días o incluso en algunos casos, se recurriría a la separación de sus respectivos cargos”.
Las instituciones educativas, tanto de zonas urbanas como las rurales, expresan que les es imposible cumplir con lo dispuesto en el Decreto Nº 1368/09, sobre el desarrollo de clases hasta finales de noviembre, por motivos de clima, mucho calor para desarrollar las clases en aulas sin ventilador, y abogan ausencia de condiciones pedagógicas e incluso cansancio mental de profesores y alumnos.
El MEC exhorta a la ciudadanía en general, a los padres y madres de familia a actuar como contralores de la gestión institucional y denunciar a aquellas escuelas y colegios de gestión oficial que estén suspendiendo sus clases antes del 30 de noviembre, a efectos de tomar las medidas pertinentes, los teléfonos habilitados son los siguientes: 0800-115-500; 450-014 o el 450-015.

FUENTE www. mec.gov.py

DIA UNIVERSAL DEL NIÑO Y DE LA NIÑA

El dia 20 de noviembre es el DIA UNIVERSAL DEL NIÑO Y DE LA NIÑA. Los niños y la niñas tienen derecho a ser amados. A que sus vidas sean respetadas y sean considerados en primer lugar. A que se les defienda y se les ampare, a que su infancia sera respetada, tienen derecho a que se les enseña valores morales. Todos estos derechos fueron declarados en 1.996, por el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia UNICEF. -

Los derechos del niño y de la niña declarados por UNICEF.

  1. El niño y la niña disfrutar de todos los derechos sin discrimianción de raza, color, sexo, idioma o religión.-
  2. El niño y la niña dispòndrán de oportunidades y servicios para que puedan desarrollarse mental, física, espíritual y moralmente de forma saludable y normal , así como en condiciones de libertad y dignidad.-
  3. El niño y la niña tienen derechos, desde su nacimiento, a un nombre y una nacionalidad.-
  4. El niño y la niña deben gozar de los beneficios de seguridad social, tendrán derecho a difrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos apropiados.-
  5. El niño y la niña física o mentalmente impedido/a que sufran algún impedimento social, deben recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requieren en cada caso particular.-
  6. El niño y la niña para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesitanan amor y comprensión.-
  7. El niño y la niña tienen derecho a recibir educación, que debe ser gratuita y obligatoria por lo menos en etapas elementales.-
  8. El niño y la niña deben, en todas circuntancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.-
  9. El niño y la niña deben ser protegidos/as contgra toda forma de abandono, crueldad y explotación.-
  10. El niño y la niña deben ser protegidos/as contra las practicas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.-
FUENTE Diario Popular

martes, 17 de noviembre de 2009

MEC advierte sobre incumplimiento de periodo de clases

El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) recordó a las autoridades de colegios que las clases se extienden hasta el 30 de noviembre. La cartera advierte sobre sanciones a directores de instituciones cuyos alumnos no desarrollen clases hasta el mencionado periodo.El secretario de Estado se refirió a los alumnos que son vistos en las plazas o paseando por las calles en horas en que deberían estar en clases.

Riart señaló que es consciente de esta situación e indicó que inicialmente enviará una notificación a las autoridades de las instituciones. De persistir la irregularidad, los directores de colegios se exponen a multas que van de cinco a 15 jornales, precisó.

Fuente: www.abc.com.py


AVISO A LOS AD-HONOREM

La Federacion de Educadores de la Capital e Interior (FECI) comunica a todos los docentes ad-honorem que el examen de dignostica que sera tomado a los que figuran en el listado del MEC, se realizará el día 12 de diciembre, dicho listado se encuentra disponible en la oficina de la FECI y en la pagina web del MEC en la sección de TALENTO HUMANO.-

La evaluación incluirá los siguientes tópicos:

Docentes de 1º y 2º ciclos de la EEB

  • Conocimientos pedagógicos generales
  • Conocimientos sobre didáctica de la Lengua
  • Conocimientos sobre didáctica de la Matemática
  • Capacidades de comprensión de textos escritos en castellano y en guaraní.

Docentes del 3º ciclo de la EEB y de la Educación Media

  • Conocimientos pedagógicos generales
  • Conocimientos sobre didáctica del área de su especialidad
  • Capacidades de comprensión de textos escritos en castellano y en guaraní.



Bonificacion Familiar


La Federacion de Educadores de la Capital e Interior (FECI) comunica a los docentes que pueden inscribir a sus hijos/as para recibir la bonificación familiar, en todas las supervisiones, o en la Dirección de Talento Humano del 16 al 20 de noviembre del corriente año, los formularios estan disponibles en el local de la FECI como en la pagina web del Ministerio de Educación y Cultura.

Las disposiciones referentes al beneficio de la bonificación familiar para docentes son:

* Ley 1725/2001 Estatuto del Educador, articulo 36 El educador profesional del sector público goza de los siguientes derechos. El inciso k) a bonificación familiar en un cinco por ciento por cada hijo nacido durante el ejercicio de la docencia, hasta un máximo de cinco hijos.
* Decreto No. 468 del 2 de octubre de 2003 Por la cual se reglamenta la aplicación de la Ley No. 1725 Estatuto del Educador, Artículos 37 al 44. El articulo 40 dice: Si ambos progenitores trabajan en relación de dependencia del MEC u otro órgano estatal, tendrá derecho a percibir asignación familiar uno de ellos. En caso de divorcio, percibirá la asignación familiar el progenitor que tenga los hijos bajo su tenencia o custodia.
* Ley General de Educación, Ley del Funcionario Público y Código Laboral, supletoriamente para los casos no previsto en el Estatuto del Educador y su reglamentación, esto según el Art. 20 de la Ley 1725/2001.