lunes, 6 de octubre de 2014

¿Qué establece la recomendación UNESCO/OIT relativa a la situación del personal docente?

La recomendación comprende a todos los maestros/as de escuela, desde el nivel inicial, primario hasta el secundario, de todas las instituciones, pertenezcan a esstablecimientos públicos o privados y proporcionen enseñanza académica, técnica, vocacional o artística.
Proporciona definiciones prácticas acerca de cuáles son las responsabilidades y derechos, y brindar directrices para participar en el diálogo entre las autoridades del ámbito educativo y los docentes y sus asociaciones.
La Recomendación de 1966 es un instrumento para la negociación colectiva y un marco internacional de referencia sobre un gran número de temas, como la formación intensiva, el tamaño de la clase, las ayudas pedagógicas, la cantidad de trabajo, los sistemas de calificación según los méritos, la licencia por maternidad, la seguridad social, etc.
La recomendación establece normas internacionales acerca de numerosas cuestiones relacionadas con las preocupaciones más importantes de tipo social, ético y material de los docentes. Entre esas cuestiones cabe mencionar:
  • Formación docente inicial y continua
  • contratación
  • ascenso y promoción
  • seguridad en el empleo
  • procedimientos disciplinarios
  • servicio a tiempo parcial
  • libertad profesional
  • supervisión y evaluación
  • obligaciones y derechos
  • participación en la toma de decisiones en materia educativa
  • negociación
  • condiciones favorables para la eficacia de la enseñanza y el aprendizaje
  • condiciones favorables para la eficacia de la enseñanza y el aprendizaje
ALGUNOS CONCEPTOS DE LA RECOMENDACIÓN RELATIVA AL PERSONAL DOCENTE
PROFESIONALISMO: "La enseñanza debería considerarse como una profesión cuyos miembros prestan un servicio público; esta profesión exige de los educadores no solamente conocimientos profundos y competencia especial, adquiridos y mantenidos mediante estudios rigurosos y continuos, sino también un sentido de las responsabilidades personales y colectivas que ellos asumen para la educación y el bienestar de los alumnos de que están encargados." (III.6)
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE: "Los profesores de instituciones de formación de personal docente deberían estar calificados para proporcionar una enseñanza correspondiente de nivel comparable al de la enseñanza superior. Aquellos que proporcionan la formación pedagógica deberían tener experiencia en la enseñanza escolar y, siempre que sea posible, renovar esa experiencia periódicamente mediante la práctica de la docencia en establecimientos de educación." (V25)
LIBERTADES PROFESIONALES: " E n el ejercicio de sus funciones, los educadores deberían gozar de libertades académicas. Estando especialmente calificados para juzgar el tipo de ayudas y métodos de enseñanza que crean mejores y más adaptables a sus alumnos, son ellos quienes deberían desempeñar un papel esencial en la selección y la adaptación del material de enseñanza así como en la selección de los manuales y aplicación de los métodos pedagógicos dentro de los programas aprobados y con la colaboración de las autoridades escolares." (VIII.61)
DERECHOS: "Los sueldos y las condiciones de trabajo del personal docente deberían determinarse por vía de negociaciones entre las organizaciones del personal docente y los empleadores." (VIII.82)
HORAS DE TRABAJO: "Al fijar las horas de trabajo del personal docente, deberían tomarse en cuenta todos los factores que determinan el volumen de trabajo total de dicho personal, como: a) El número de alumnos de los cuales el educador ha de ocuparse durante la jornada y durante la semana [...]; e) El tiempo que conviene , conceder al personal docente para informar a los padres de los alumnos sobre el trabajo de sus hijos y tener consultas con ellos (IX, 90 a y e)
SALARIOS: La retribución del personal docente debería: a) Estar en relación de una parte, con la importancia que tiene la función docente, y por consiguiente aquéllos que la ejerzan, para la sociedad y, de otra, con las responsabilidades de toda clase que incumben a los docentes desde el momento en que comienzan a ejercer [...]; d) Tomar en cuenta que determinados puestos requieren más experiencia, calificaciones superiores e implican responsabilidad más amplia." (X.115, a) y d)
fuente. flatec 

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