sábado, 3 de enero de 2015

ESTABLECEN SANCIONES PARA LAS ESCUELAS QUE NO SON INCLUSIVAS


Multas de hasta 1.000 jornales mínimos (G. 70.155.000) pueden sufrir las instituciones educativas en caso de discriminar a estudiantes con discapacidad o no cumplir con algunas de las normas establecidas en la Ley N° 5136/13 de educación inclusiva.
Los colegios de gestión oficial, privada o privada subvencionada tienen ahora seis meses para adecuarse a la reglamentación de esta ley.

La normativa promulgada el 23 de diciembre de 2013 ya cuenta con decreto reglamentario y una resolución del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), que establece las sanciones para instituciones educativas, directivos, docentes o funcionarios que no sean inclusivos a partir del año lectivo 2015.

Si las instituciones educativas de gestión oficial, privada o privada subvencionada no informan de la existencia de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo en la institución, niegan la matriculación a estos alumnos, impiden a docentes su participación en cursos de formación en educación inclusiva organizados por la cartera educativa o establecen condiciones de matriculación discriminatorias para los estudiantes, sufrirán sanciones administrativas.

Además, los colegios deben garantizar la accesibilidad mediante adecuaciones en la infraestructura y en el currículum en todos los niveles (inicial, escolar básica y media).
Las sanciones pueden variar de entre 50 a 1.000 jornales (G. 3.507.750 a 70.155.000), según la reincidencia o no en cada uno de los casos.

Los docentes o funcionarios administrativos de gestión oficial pueden ser sumariados igualmente por incumplir alguno de los puntos de la legislación.

Capacitaciones.

 La directora de Educación Inclusiva del MEC, Stella Pistilli, expresó que durante los próximos seis meses, tiempo que tienen las instituciones para adecuarse a la reglamentación, trabajarán en la capacitación con las escuelas de getión oficial y privada.
“Parte de los recursos de USD 50 millones del Fonacide aprobados para capacitación docente se utilizarán para los profesores de gestión oficial”, explicó. Asimismo, se capacitará a directivos y profesores de colegios privados, a través de las Supervisiones.

MEC reglamenta el régimen de faltas y sanciones por incumplimiento de la ley Nº 5.136/13 “De Educación Inclusiva”.

 
El Ministerio de Educación y Cultura por Resolución Ministerial, reglamenta el Régimen de Faltas y Sanciones por Incumplimiento de la Ley nº5.136/13 “De Educación Inclusiva”, aplicables a las instituciones educativas de gestión oficial, privada y privada subvencionada.

La Ley 5.136/13 tiene por objeto establecer las acciones correspondientes para la creación de un modelo educativo inclusivo dentro del sistema regular, que remueva las barreras que limiten el aprendizaje y la participación, facilitando la accesibilidad de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo por medio de recursos humanos calificados, tecnologías adaptativas y un diseño universal.
En su Artículo 6º dispone: "El Ministerio de Educación y Cultura, como órgano rector de la educación, deberá tomar las medidas para prevenir, combatir, erradicar y sancionar toda actitud discriminatoria contra el sujeto amparado por la presente ley, tanto en instituciones públicas, privadas y privadas subvencionadas que no cumplan con lo establecido en la presente ley".
Por tanto, se aplica dicha resolución conforme al cronograma elaborado por la Dirección General de Educación Inclusiva a partir del inicio lectivo 2015.
mec.gov.py

viernes, 2 de enero de 2015

Docentes denuncian al BNF por descuentos compulsivos

Silse Ovando, Concepcion Gonzalez, Maria Luz Torres y Miguel Angel Marecos.abc color 
Docentes y funcionarios del Ministerio de Educación reclamaron al Banco Nacional de Fomento por descuentos de varias cuotas a la vez de diferentes servicios y adquisiciones.
Concepción González y María Luz Torres explicaron que cuando recibieron el pago de sus salarios a mediados de diciembre, les descontaron varias cuotas de electrodomésticos y préstamos, aunque en los contratos se estipula el descuento de una cuota por mes. El BNF les descontó 3 a 8 cuotas en un solo mes.
Miguel Ángel Marecos, presidente del Sindicato Nacional de Directores, Sinadi, en representación de los afectados y junto a algunos docentes se presentó en el BNF y conversó con Rodolfo Méndez, jefe de tarjetas, para conocer el motivo de estos descuentos.
Según Marecos, Méndez no supo responder y quiso culpar a las empresas. Sin embargo, en un careo con un gerente de una de las empresas que supuestamente solicitaron que se descuenten ocho cuotas de una vez a un docente, se estableció que es el banco el que descuenta de manera indiscriminada, ya que en los contratos que firman los docentes con las empresas prestadoras de servicios se establece el régimen de descuentos de una cuota por mes.

martes, 30 de diciembre de 2014

SINADI denuncia descuento de salarios y beneficios por parte del BNF -

Miguel Marecos, presidente del Sindicato Nacional de Directores del Paraguay (SINADI), denunció los descuentos realizados por el Banco Nacional de Fomento (BNF) sobre el salario y beneficios de los docentes.

Ante esta situación, explicó que realizarán la denuncia correspondiente al Ministerio Público a fin de que se realice la investigación sobre el caso.

"Esto no es algo nuevo, es algo que data desde hace tiempo y aun no se han tomado medidas", aseveró.
radio 1000 am