lunes, 25 de julio de 2016

Subsidio Familiar para Docentes

La institución informa a través de la Dirección General de Gestión del Talento Humano que las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo de todo el país, están autorizados a recepcionar a partir del 1º hasta el 12 de agosto del corriente año, las solicitudes de Subsidio Familiar para Docentes, que deseen registrar hijos para acceder al beneficio.

Se aclara, que no serán recepcionadas en la Mesa de Entradas de esta Dirección General documentaciones gestionadas en forma individual, para mejor organización, las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo serán responsables de recepcionar las solicitudes (formularios SUB02 de Subsidio Familiar Docente) del personal docente interesado correspondiente al área de su competencia.

Concluida la recepción de las solicitudes, las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo deberán entregar en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Gestión del Talento Humano, conforme a calendario establecido para el efecto.

Se solicita a los Docentes y Funcionarios involucrados en el proceso a seguir las recomendaciones establecidas en el instructivo, además de recordar a aquellos cónyuges que son docentes que solo uno de ellos podrá percibir al beneficio. 
El beneficio del subsidio familiar es para educadores, por hijos vivos menores de edad, hasta el límite establecido por la ley. En caso de defunción del hijo, los titulares beneficiarios están obligados a notificar el fallecimiento a la Dirección General de Gestión del Talento Humano, para su exclusión correspondiente.

mec.gov.py

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