HOY VIERNES A PARTIR DE LAS 18:00 HS EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, DOCENTES Y FUNCIONARIOS ADMINISTRATIVOS.
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viernes, 29 de enero de 2016
martes, 26 de enero de 2016
Establecen sanciones para las escuelas que no son inclusivas
foto.UH |
Multas de hasta 1.000 jornales mínimos (G. 70.155.000) pueden sufrir las instituciones educativas en caso de discriminar a estudiantes con discapacidad o no cumplir con algunas de las normas establecidas en la Ley N° 5136/13 de educación inclusiva.
Los colegios de gestión oficial, privada o privada subvencionada tienen ahora seis meses para adecuarse a la reglamentación de esta ley.
La normativa promulgada el 23 de diciembre de 2013 ya cuenta con decreto reglamentario y una resolución del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), que establece las sanciones para instituciones educativas, directivos, docentes o funcionarios que no sean inclusivos a partir del año lectivo 2015.
Si las instituciones educativas de gestión oficial, privada o privada subvencionada no informan de la existencia de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo en la institución, niegan la matriculación a estos alumnos, impiden a docentes su participación en cursos de formación en educación inclusiva organizados por la cartera educativa o establecen condiciones de matriculación discriminatorias para los estudiantes, sufrirán sanciones administrativas.
Además, los colegios deben garantizar la accesibilidad mediante adecuaciones en la infraestructura y en el currículum en todos los niveles (inicial, escolar básica y media).
Las sanciones pueden variar de entre 50 a 1.000 jornales (G. 3.507.750 a 70.155.000), según la reincidencia o no en cada uno de los casos.
Los docentes o funcionarios administrativos de gestión oficial pueden ser sumariados igualmente por incumplir alguno de los puntos de la legislación.
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