martes, 12 de junio de 2018

Subsidio Familiar para Docentes 2018: Periodo Complementario

La institución informa que las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativos de todo el país, están autorizados a recepcionar a partir del 18 de junio del corriente año, las solicitudes de Subsidio Familiar para Docentes, correspondientes al periodo complementario 2018.

El beneficio del Subsidio Familiar es para Educadores Profesionales, por hijos vivos menores de edad, hasta el límite establecido por la ley.
En caso de defunción del hijo, los titulares beneficiarios están obligados a notificar el fallecimiento a la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal, para su exclusión correspondiente; el incumplimiento será considerado falta grave.
El Educador que deja de figurar en planillas de sueldos de la institución (por renuncias, retiros, etc.), en caso de reincorporarse, para volver a percibir el beneficio del subsidio familiar, deberá solicitar por escrito la reposición del mismo, dirigido a la instancia responsable del proceso.
Se recuerda que si ambos progenitores trabajan en relación de dependencia del MEC, tendrá derecho a percibir asignación familiar uno de ellos. En caso de divorcio, percibirá la asignación familiar el progenitor que tenga los niños bajo su tenencia o custodia.
fuente. mec.gov.py