Tras la promulgación de la Ley Nº 5738/16 que prohíbe a las instituciones educativas de gestión privada no dar exámenes finales o parciales y no entregar libretas de calificaciones a los alumnos cuyos padres adeuden cuotas, el ministro de Educación, Enrique Riera, aseguró que estos colegios podrán ejecutar las deudas pendientes por el mecanismo que establece el Estado de Derecho, pero al término del año lectivo.
“La idea es preservar los derechos del niño para que puedan rendir sus exámenes y se les entreguen sus títulos sin violar el derecho privado que tienen estas instituciones, por lo cual al siguiente año los padres tendrán que abonar lo que deben al colegio de sus hijos si quieren volver a inscribirlos allí o enviarlos al sector público, o a un colegio más barato”, indicó.
Agregó que si quedan deudas pendientes las instituciones podrán hacer la ejecución de las mismas por el mecanismo que establece el Estado de Derecho. En un principio, el ministro de Educación se reunió con representantes de las instituciones privadas y les dijo que vetaría la ley. Riera reconoció esto, pero argumentó que había interpretado equivocadamente la norma, porque pensaba que obligaba a tener a los chicos en el colegio aunque no pagaran su cuota.
“Lo que la ley dice es que no se puede privar a los chicos de los exámenes y el derecho a la educación en el año en el que les toque estudiar en esas instituciones. Al año siguiente ya no van a poder entrar al mismo colegio y las instituciones privadas tienen derecho a documentar las deudas para cobrar, sino vamos a tener a los vivos y a los padres irresponsables que priorizan otras cosas y no la educación de sus hijos, que se van a aprovechar de esta ley para vivir a costa del sector privado y eso tampoco es posible”, refirió.
Riera aceptó que la ley puede inducir a la morosidad pero dijo que también “bastante cruel” decirles a los chicos: “si no pagan tus padres vos no podés rendir”.
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