miércoles, 20 de noviembre de 2024

Abierto del periodo de Inscripción para jubilacion


  • Los educadores profesionales y funcionarios administrativos que al 31 de diciembre del 2024, cuenten con la antigüedad y/o edad para acceder al beneficio de la Jubilación, según el régimen legal que corresponda, podrán dar inicio al trámite, con el registro de sus respectivas solicitudes en el Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios del SIGMEC, el cual estará habilitado a partir del día jueves 21 de noviembre, hasta el día miércoles 04 de diciembre de 2024.


  • En este periodo de recepción, no podrán iniciar sus trámites jubilatorios aquellos trabajadores que, al 31 de diciembre de 2024, no cumplan con los años de servicios y/o  edad requerida por las normativas vigentes.

  • Asimismo, los trabajadores que hayan iniciado sus trámites jubilatorios en periodos anteriores a través del Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios del SIGMEC, que, a la fecha hayan culminado en forma su trámite documental, quedarán en orden de prioridad para la remisión de las solicitudes de jubilación a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y los que aún no han finalizado, podrán seguir completando las documentaciones faltantes hasta la “CONFIRMACIÓN FINAL” de la solicitud.

  • Respetando el periodo de inicio del trámite y la fecha de culminación en el Módulo Digital de Tramites Jubilatorios del SIGMEC, se generará un orden de trabajo de los expedientes, para la remisión a la DGJP del MEF, conforme a los criterios establecidos y  los cupos acordados y habilitados por la Dirección General de Jubilaciones del Pensiones del MEF.

  • Por otra parte, se recuerda a los trabajadores que ya cuentan con Resoluciones Particulares de Jubilación, emitidas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Economía y Finanzas, y registradas en el Módulo de Gestión Digital de Trámites Jubilatorios del SIGMEC, que las desvinculaciones serán efectuadas de forma planificada para no afectar la continuidad del servicio educativo.

  • Se reitera que la remisión de las solicitudes de inicio de trámites jubilatorios, así como la emisión de las Resoluciones Particulares de Jubilación y el ingreso de las solicitudes para inclusión en planilla fiscal de pagos del MEF, se rigen conforme a los procedimientos y plazos dispuestos por el Ministerio de Economía y Finanzas en las Resoluciones Generales N° 52/2021, N° 03/2022 y N° 04/2022. Por lo tanto, la cantidad de expedientes para ambos trámites, estará sujeta a los cupos habilitados de forma mensual por dicha dependencia.

      fuente. mec