“Según cálculos actuariales, estimativamente el incremento es el 35% de aumento de la población de jubilados en los próximos 3 años, que representan unas 10 mil personas. En lo que tiene que ver con egresos, el total de erogaciones sería el 20% más, a largo plazo, respecto al 2009”, precisó el Dr. Carlos Cabral, Director de Jubilaciones del IPS.
Detalló que se ha establecido que las personas que se encuentren cotizando o hayan cotizado al seguro social obligatorio administrado por el Instituto de Previsión Social, podrán solicitar el reconocimiento de servicios anteriores al mes de febrero de 1974, a efectos de completar el requisito de antigüedad requerido por la legislación ,a fin de lograr una jubilación.
Asimismo, la Ley 4290 ha establecido que la modalidad de cotización establecida en la Ley 3404/07 permitirá reunir los requisitos de edad y antigüedad requeridos para todas las modalidades jubilatorias otorgadas por el Instituto de Previsión Social, con excepción de las causadas por invalidez, por enfermedad común e invalidez por accidente del trabajo o enfermedad profesional.
Por lo tanto, abarca tres aspectos: derecho a solicitar reconocimientos anteriores, establecimiento de la jubilación proporcional y la aclaración del alcance de la ley por continuidad en el beneficio.
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