El juez que dictó la medida cautelar solicitada por la Asociación de Educadores del Este, Carlos Balmaceda, aclaró, en respuesta a un pedido del Banco Nacional de Fomento, que los montos que serán debitados de los salarios de los docentes “están especificados en el considerando de la resolución, en el que se especifica e individualiza el monto a ser descontado, el nombre, apellido y número de cédula de identidad correspondiente a cada docente afectado y no la retención del 100 % del monto depositado”. Por medio de este nuevo oficio, el juez dispuso también el traslado de los montos retenidos a una cuenta corriente perteneciente a la AEDE.
El problema se generó cuando el BNF entendió que debía retener todo el salario de los educadores, como resultado de esta medida cautelar. Teóricamente, una vez hecha la aclaración del monto que se debía pagar a los docentes y el monto que se debía retener, el pago tenía vía libre.
Sin embargo, Claudelino Aguinagalde, presidente de la AEDE, dijo ayer que el pago aún no se efectiviza para ninguno de los docentes asociados a las organizaciones que a partir de este año ya no se encargan de abonar los salarios. “No solo los socios de la AEDE no están cobrando y es todo responsabilidad del Ministerio, no nuestra, porque nosotros no podemos atentar contra el derecho de los asociados”, expresó en respuesta a las quejas porque la medida cautelar fue presentada por esta asociación que pidió la orden judicial que trabó el pago. “Solo pedimos que se descuente a los docentes que tienen compromisos con nosotros, a través de la asociación. Con la aclaración del juez hay vía libre para pagar, pero el gerente del BNF dice que no tiene la transferencia de dinero. Esperamos que el MEC cumpla, y si se resiste a cumplir, que se atenga a las consecuencias. Según la ley, si es con mutuo consentimiento no hay problema del descuento y nosotros tenemos las autorizaciones firmadas por los docentes”, expresó Aguinagalde.
El sistema de pago a los docentes cambió a partir de la promulgación de la Ley N° 3.964 “Ejercicio Fiscal 2010”, que dispone que el Ministerio de Hacienda no puede realizar transferencia alguna en concepto de servicios personales a instituciones que no se rigen por el sistema de pagos de red bancaria.
El pago de sueldos a los docentes a través de las asociaciones fue un beneficio concedido a estas organizaciones en el año 1995. Esto les permitía manejar unos diez mil millones de guaraníes mensuales, de los cuales retenían el 1%, por el servicio. Además, las asociaciones otorgaban préstamos y eran codeudores de los docentes en operaciones financieras.
FUENTE www.abc.com.py
El problema se generó cuando el BNF entendió que debía retener todo el salario de los educadores, como resultado de esta medida cautelar. Teóricamente, una vez hecha la aclaración del monto que se debía pagar a los docentes y el monto que se debía retener, el pago tenía vía libre.
Sin embargo, Claudelino Aguinagalde, presidente de la AEDE, dijo ayer que el pago aún no se efectiviza para ninguno de los docentes asociados a las organizaciones que a partir de este año ya no se encargan de abonar los salarios. “No solo los socios de la AEDE no están cobrando y es todo responsabilidad del Ministerio, no nuestra, porque nosotros no podemos atentar contra el derecho de los asociados”, expresó en respuesta a las quejas porque la medida cautelar fue presentada por esta asociación que pidió la orden judicial que trabó el pago. “Solo pedimos que se descuente a los docentes que tienen compromisos con nosotros, a través de la asociación. Con la aclaración del juez hay vía libre para pagar, pero el gerente del BNF dice que no tiene la transferencia de dinero. Esperamos que el MEC cumpla, y si se resiste a cumplir, que se atenga a las consecuencias. Según la ley, si es con mutuo consentimiento no hay problema del descuento y nosotros tenemos las autorizaciones firmadas por los docentes”, expresó Aguinagalde.
El sistema de pago a los docentes cambió a partir de la promulgación de la Ley N° 3.964 “Ejercicio Fiscal 2010”, que dispone que el Ministerio de Hacienda no puede realizar transferencia alguna en concepto de servicios personales a instituciones que no se rigen por el sistema de pagos de red bancaria.
El pago de sueldos a los docentes a través de las asociaciones fue un beneficio concedido a estas organizaciones en el año 1995. Esto les permitía manejar unos diez mil millones de guaraníes mensuales, de los cuales retenían el 1%, por el servicio. Además, las asociaciones otorgaban préstamos y eran codeudores de los docentes en operaciones financieras.
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