jueves, 13 de mayo de 2021

Circular DGGDP Nº 3/2021 - Ministerio de Educacion y Ciencias

 El Director General de Gestión y Desarrollo del Personal y la Directora de Control del Personal del Ministerio de Educación y Ciencias, saluda cordialmente a los Directores Departamentales de Educación, Supervisores de Control y Apoyo Administrativo, Supervisores de Apoyo Técnico Pedagógico, Directores Generales de Instituciones Educativas, Directores de Área Educativa, Directores de Instituciones Educativas y educadores en general; a fin de comunicar cuanto sigue:

  1. A través de la Resolución N° 632/2.020, se ha dispuesto la suspensión de los efectos de la Resolución N° 4, de fecha 02 de enero de 2017, y se aprueba el procedimiento de reemplazos de personal docente de Instituciones Educativas de Gestión Oficial y Privada Subvencionada, afectado por permisos relacionados a la maternidad, y/o adopción, en el marco de las medidas adoptadas por la Emergencia Sanitaria declarada en el Territorio Nacional por la pandemia del Coronavirus (COVID-19).
  2. En virtud a los procedimientos de reemplazos establecidos en la Resolución precedentemente señalada, la Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal pone a disposición de las Direcciones Departamentales de Educación la información correspondiente al personal docente que cumple funciones fuera de aula, que podrá dar cobertura a los puestos de aula de las docentes que están usufructuando permisos por maternidad. Dicha Información está disponible en el aplicativo tapMEC en el ícono correspondiente a “Informes – Cuadro de Personal”.
  3. Los permisos por maternidad, así como la información correspondiente a los docentes reemplazantes, según lo establecido en la Resolución 632/2020, deberá, ser cargados y registrados por los Directores Departamentales de Educación en el aplicativo tapMEC, de conformidad a los instructivos dispuestos para el efecto.
  4. En cuanto a los permisos por maternidad, anteriores a la vigencia de la Resolución N° 632/2020, los mismos deberán ser cargados por las Direcciones Departamentales de Educación en el aplicativo tapMEC, con todas las documentaciones correspondientes al reemplazante. Se deberá realizar el reemplazo con personal docente que ya cuenta con el vínculo laboral con el MEC, de conformidad a los nuevos procedimientos de reemplazos establecidos en la mencionada disposición ministerial.
  5. La Dirección de Control del Personal verificará el cumplimiento de los procedimientos establecidos para la contratación y las documentaciones cargadas en el aplicativo tapMEC. Solamente serán procesadas las propuestas que se hayan cargado en dicho aplicativo, en las que se verifique el cumplimiento de absolutamente todos los requerimientos establecidos en la Resolución N° 4/2017.
  6. La Dirección General de Gestión y Desarrollo del Personal facilitará asistencia técnica a los responsables de las Direcciones Departamentales de Educación y a los técnicos designados, para el uso del aplicativo tapMEC, en sus diferentes servicios

         FUENTE . MEC 

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